¿Por qué rodar en España?
España cuenta con una gran variedad de localizaciones, infraestructuras y la calidad reconocida de los profesionales locales (técnicos y artísticos) que la convierten en un destino increíblemente atractivo para las producciones internacionales. España cuenta con más de 300 días de sol al año que lo hacen uno de los países favoritos de las productoras, sin mencionar que se trata de un país que cuenta con una amplia variedad de ecosistemas motivo por el cual puedes encontrar desde bosques frondoso repletos de verde hasta desiertos o estepas repletas de encinas.
Por no hablar de que la industria audiovisual española cuenta con un importante elenco de profesionales, técnicos y artísticos, multiculturales, con sólida formación y experiencia en rodajes nacionales e internacionales, capaces de asumir las producciones mas complejas e integrarse en equipos internacionales.
Algunas VENTAJAS de rodar en España
Conectividad
Incentivos
Ubicación
Clima
Lugares únicos
Seguridad
Ciudades donde rodar en España
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Madrid
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Valencia
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Bilbao
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Málaga
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Madrid
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Málaga
Sitios emblemáticos para rodajes en España
Consuegra Toledo
Tavertet Barcelona
Oceanogràfic Valencia
Gaztelugatxe Vizcaya
Plaza de España Sevilla
Valldemossa Mallorca
Valle de Arriba Tenerife
Guggenheim Bilbao
Mijas Málaga
Cala s'Almonia Palma
Monasterio de San Lorenzo Madrid
Cudillero Asturias
Ses Illetes Formentera
La muralla roja Calpe
Ronda Málaga
Teide Tenerife
Alhambra de Granada
Montecorto Málaga
Consuegra Toledo
Tavertet Barcelona
Oceanogràfic Valencia
Gaztelugatxe Vizcaya
Plaza de España Sevilla
Valldemossa Mallorca
Valle de Arriba Tenerife
Guggenheim Bilbao
Mijas Málaga
Cala s'Almonia Palma
Monasterio de San Lorenzo Madrid
Cudillero Asturias
Ses Illetes Formentera
La muralla roja Calpe
Ronda Málaga
Teide Tenerife
Alhambra de Granada
Montecorto Málaga
Consuegra Toledo
Tavertet Barcelona
Oceanogràfic Valencia
Gaztelugatxe Vizcaya
Plaza de España Sevilla
Valldemossa Mallorca
Valle de Arriba Tenerife
Guggenheim Bilbao
Mijas Málaga
Cala s'Almonia Palma
Monasterio de San Lorenzo Madrid
Cudillero Asturias
Ses Illetes Formentera
La muralla roja Calpe
Ronda Málaga
Teide Tenerife
Alhambra de Granada
Montecorto Málaga
Localizaciones privadas para rodar en España
Un poco de sol
Graba dentro o fuera de las espacios
Old Luxury
Increíbles localizaciones perfectas para rodajes estilo oldies
Viva lo industrial
Espacios industriales para los más urbanos
Viaja en el tiempo
Espacios que se adaptan a todas las épocas
Off to work
Desde gimnasios, peluquerías o supermercados hasta librerías, bares o restaurantes para rodajes
Permisos para rodajes en España
En España, no hay un sistema único para aplicar tasas a los rodajes, lo que significa que todo depende de dónde se realice la producción. Cada región tiene sus propias normas para cobrar tasas cuando se usan espacios o edificios públicos. Los plazos, procedimientos y costos pueden variar según el tipo de producción audiovisual que se quiera realizar.
Para filmar en carreteras interurbanas y travesías, excepto en País Vasco, Navarra y Cataluña, se necesita una autorización especial de la Dirección General de Tráfico, que se puede gestionar en línea o en las delegaciones territoriales de cada comunidad autónoma. También hay tasas específicas para filmar en áreas naturales o en instalaciones especiales.
En ciudades o municipios sin una normativa clara para rodajes, se suele aplicar una tasa por ocupar suelo público, es decir, por usar espacios para el rodaje o para aparcar vehículos y equipo.
Para rodajes en propiedades privadas, puedes mirar en nuestro catálogo online de Kuarere con localizaciones disponibles con sus tarifas, y nosotros te ayudaremos a facilitarte la negociación, los trámites y las gestiones del alquiler de localizaciones.
Películas y series grabadas en España
Incentivos fiscales para producciones nacionales audiovisuales
Accede al documento del Gobierno de España
- 30 % respecto delprimer millón de base de la deducción, y del 25 % sobre el exceso de dicho importe.
- El 85% para los cortometrajes.
- El 80% para:
- Producciones dirigidas por una persona novel.
- Producciones rodadas íntegramente en alguna de las lenguas cooficiales.
- Producciones dirigidas exclusivamente por personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- El 75%:
- Producciones realizadas exclusivamente por directoras.
- Producciones con un especial valor cultural y artístico que necesiten un apoyo excepcional de financiación.
- Documentales.
- Obras de animación cuyo presupuesto de producción no supere los 2.500.000 de euros.
- El 60%:
- Producciones transfronterizas financiadas por más de un Estado miembro de la UE y en las que participen productores de más de un Estado miembro.
- Coproducciones internacionales con países iberoamericanos.
El importe de esta deducción no podrá ser superior a 10 millones de euros. El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas, no podrá superar el 50 por ciento del coste de producción. No obstante, dicho límite se elevará hasta:
- Estará constituida por el coste total de la producción, así como los gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor hasta el límite para ambos del 40% del coste de producción. Al menos el 50% de la base de la deducción deberá corresponderse con gastos realizados en territorio español. La base de la deducción se minorará en el importe de las subvenciones recibidas para financiar las inversiones que generan derecho a deducción.
- Que la producción obtenga el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural.
- Que se entregue una copia nueva y en perfecto estado de la producción en la Filmoteca Española o en la filmoteca correspondiente a cada Comunidad Autónoma.
- La deducción se generará en cada período impositivo por el coste de producción incurrido en el mismo, si bien se aplicará a partir del período impositivo en el que finalice la producción de la obra.
- También tendrán acceso a la deducción aquellas entidades que financien la producción de obras audiovisuales españolas, cuando se aporten cantidades en concepto de financiación, para sufragar la totalidad o parte de los costes de la producción sin adquirir derechos de propiedad intelectual o de otra índole respecto de los resultados del mismo, cuya propiedad deberá ser en todo caso de la productora.
- Aplicación en todas las Comunidades Autónomas (CCAA) de régimen fiscal común. País Vasco, Canarias y Navarra tienen además otras ayudas para las producciones.
Incentivos fiscales para producciones internacionales audiovisuales
Accede al documento del Gobierno de España
- 30% respecto del primer millón de euros de la base de la deducción y del 25% para el exceso de dicho importe.
- 10 millones de euros por cada producción audiovisual. En todo caso, el importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas, no podrá superar el 50 % del coste de producción.
- Gastos de personal creativo, siempre que tenga residencia fiscal en España o en algún Estado del Espacio Económico Europeo, con el límite de 100.000 euros por persona.
- Gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores.
Gastos realizados en territorio español, de al menos 1 millón de euros, directamente relacionados con la producción de la obra:
- Producciones de animación: el importe de gastos mínimos realizados en territorio español será al menos de 200.000 euros.
- Servicios de efectos visuales: Si el productor se encarga de la ejecución de servicios de efectos visuales y los gastos realizados en territorio español sean inferiores a 1 millón de euros, la deducción será del 30%.
- El importe de esta deducción no podrá superar el importe establecido en la normativa comunitaria relativa a las ayudas de minimas.
- Que la producción obtenga el correspondiente certificado que acredite el carácter cultural.
- Que se incorpore en los títulos de crédito finales de la producción una referencia específica a haberse acogido al incentivo fiscal; la colaboración, en su caso, del Gobierno de España, las Comunidades Autónomas, las Film Commissions o las Film Offices.
- Que los titulares de los derechos autoricen el uso del título de la obra y de material gráfico y audiovisual de prensa que incluya de forma expresa lugares específicos del rodaje o de cualquier otro proceso de producción realizado en España.
- La productora española encargada de la ejecución de producción internacional, debe presentar la declaración del Impuesto sobre sociedades aplicando la deducción correspondiente.
- Aplicación en todas las Comunidades Autónomas (CCAA) de régimen fiscal común.
Productoras en España
Fotógrafos y Filmmakers en España
Localizaciones para rodar en España
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